25 de enero de 2018

Nuevo intento de legislar el tratamiento ambulatorio involuntario



Un grupo de psiquiatras presentan una propuesta para regular el TAI, una reivindicación histórica frenada por la falta de unanimidad entre los propios profesionales, al invadir derechos fundamentales de las personas.

En la actualidad no existe en España una regulación específica para la aplicación de esta medida, por lo que su uso queda a la discrecionalidad del juez. En unos casos, el juez considera que el TAI se puede aplicar como aplicación parcial del artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que regula el ingreso involuntario y en otros casos, el juez considera que, si no existe normativa específica, sencillamente no se puede aplicar.
En los países como Reino Unido o EEUU donde ya se aplica esta medida se prefiere utilizar términos como Órdenes de Tratamiento en la Comunidad (OTCs) o Tratamiento supervisado ambulatorio (AOT por sus siglas en inglés).
En este artículo la revista “Diario Médico” entrevista a diferentes profesionales sobre la materia, con la eterna controversia de unos profesionales a favor y otros en contra de tal medida. Los que están a favor defienden su utilidad terapéutica, los que están en contra, argumentan que se vulneran derechos fundamentales.
Ampliamos la información y recordamos la noticia publicada en nuestro blog el 31/12/17 sobre “reconocimiento de las OTC en EEUU como recurso eficaz en salud mental”. La administración americana, a través de la Administración de Servicios de Salud Mental y Abuso de Sustancias (SAMHSA) y el Departamento de Justicia, va a dedicar varios millones de dólares en los próximos años para la aplicación de programas de subsidios de AOT
Fuente: Diario Medico

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