S.
Valle informa en Diario Médico de que un juez de
lo Contencioso-administrativo de Zaragoza ha fallado a favor de una
profesora al considerar que no es ajustado a Derecho exigirle el certificado
negativo de antecedentes penales por delitos sexuales. Esta obligación surge del Real
Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, que crea el Registro Central de
Delincuentes Sexuales, que estipula que cualquier profesional que en el desarrollo
de su trabajo trate con niños deberá presentar ese documento, obligación que
afecta a pediatras y a psiquiatras que desempeñen su actividad preferentemente
con menores. El Juzgado señala que el citado Real Decreto contiene aspectos que
podrían ser contrarios a la Constitución y a otras reglas de nuestro
ordenamiento jurídico, lo que deberá ser valorado por el Tribunal Supremo.
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