El Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia
por la que establece que un absuelto en primera instancia de un delito que haya
presentado algún tipo de problema de salud mental no debe permanecer
en prisión de forma provisional a la espera de la resolución de los
posibles recursos. El TC estima así el recurso presentado por un hombre que fue
internado en el Centro Penitenciario de Córdoba, a la espera de la
confirmación de una medida de seguridad impuesta y apunta que debería haber
ingresado en un hospital psiquiátrico penitenciario. Además, el TC insta al legislador
a regular " de manera pertinente la
medida cautelar penal de internamiento en centro psiquiátrico". Comentario
en Redacción
Médica. Un reportaje de Chema
Rodríguez en El Mundo se concentra en los 91 reclusos a los que, según
afirma, afecta esta sentencia.
NUEVA DIRECCIÓN: psiquiatrialegal.org
Todas las entradas antiguas ya están incluidas en la nueva web. Las dos webs tendrán la misma información hasta el 31-3-2019
Desde el 1-4-2019 este blog dejará de estar operativo
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario