La sentencia, sobre la que informa El
Mundo, explica que la finalidad que persigue el
legislador en la protección laboral y de seguridad social dispensada en el
supuesto de parto es diferente en atención a que se trate de la madre o del
padre. En el caso de la madre, la "finalidad primordial" que
persigue el legislador "es la protección
de la salud de la mujer trabajadora, durante el embarazo, parto y puerperio", por lo que es justificable una mayor duración del permiso.
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