23 de enero de 2019

Las demandas contra los empleados públicos se ven en lo Contencioso


En respuesta a una pregunta recibida en consultorio, Antonio Sánchez Hurriaga recuerda en Diario Médico que tanto la normativa vigente como la jurisprudencia del Tribunal Supremo lo confirman, con la única excepción de que el perjudicado pueda acogerse al artículo 76 de la Ley del Contrato de Seguro y en lugar de dirigirse contra la organización sanitaria lo haga contra su aseguradora de la Administración, en cuyo caso la competencia corresponde al orden civil.

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