13 de febrero de 2019

Epilepsia y responsabilidad



En su blog, José Manuel Estébanez, juez sustituto, analiza la cuestión a la luz de la jurisprudencia, concluyendo que “cuando la epilepsia está larvada, el enfermo es perfectamente consciente de sus actos, apareciendo la disminución o carencia de frenos inhibitorios en los estados crepusculares, precrepusculares, o cuasicrepusculares; añadiendo que lo que excluye la capacidad de culpabilidad en el supuesto de epilepsia es que quien la padece haya actuado en estado de crisis epiléptica, mientras que el simple padecimiento de la enfermedad no excluye, ni disminuye, por sí mismo la capacidad de culpabilidad

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