5 de enero de 2018

Archivan la denuncia contra un padre por leer con su hija menor las conversaciones de Whatsapp que ésta mantenía con la madre


Isabel Desviat informa en Noticias Jurídicas de acerca de un auto de la Audiencia Provincial de Pontevedra que confirma el archivo de las actuaciones respecto de una denuncia que había presentado la madre de una menor de 9 años, porque el padre -del que se había divorciado- había se habría "apoderado" de las conversaciones que mantuvo la hija través de su teléfono móvil.

La madre había denunciado al padre porque consideraba que podría haber incurrido en el delito del artículo el artículo 197 CP, según el cual "el que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses".
La Audiencia descarta una infracción penal en la actuación del padre, que ostenta la patria potestad de los dos hijos menores del matrimonio, por lo que tiene la obligación de velar por ellos y atender y vigilar el uso de las redes sociales dada su edad, al objeto de preservar su indemnidad.

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