5 de enero de 2018

La formación médica estará exenta de tributación




El BOE del 30 de diciembre publicó el Real Decreto 1074/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, y el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, que modifica el artículo 44 del Reglamento, dejando a la formación médica libre de tributación. El nuevo texto legal aclara que "dentro de los gastos de estudio para la capacitación o reciclaje del personal que no constituyen retribución en especie, se encuentran también aquellos que son financiados por otras empresas o entidades distintas del empleador, siempre que dichas empresas o entidades comercialicen productos para los que resulte necesario disponer de una adecuada formación por parte del trabajador". Comentario en Redacción Médica.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...