29 de enero de 2018

La responsabilidad civil de los padres por daños causados por sus hijos menores en supuestos de no convivencia

Trabajo del abogado Juan José Nevado Montero en Noticias Jurídicas que plantea que la responsabilidad civil de los padres por los hechos dañosos causados por sus hijos menores tiene una doble regulación en el ordenamiento español: En lo penal, en el Art. 61.3 de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, de Responsabilidad Penal del Menor, y en el orden civil, en el Art. 1903 del Código Civil.

El autor destaca que ambas regulaciones son diferentes, permitiéndose la moderación de la responsabilidad en el orden penal pero no en el civil, y respondiendo siempre ambos padres aunque no convivan en el orden penal, pero no en el civil.

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