15 de febrero de 2018

La Sociedad Española de Psiquiatría Biológica rechaza las modificaciones propuestas por el Ministerio en cuanto a psiquiatría general y el requerimiento de publicaciones de la disposición transitoria


La Sociedad Española de Psiquiatría Biológica (SEPB) se ha posicionado sobre las modificaciones propuestas por el Ministerio en la especialidad (ver documento).  Está de acuerdo en cuanto a la creación de la especialidad de psiquiatría infanto-juvenil felicita a la Dirección General de Ordenación Profesional por:

  • La creación, finalmente, de la especialidad de Psiquiatría del Niño y el Adolescente, que supone la equiparación a la mayoría de los países de nuestro entorno y el reconocimiento de un área de conocimiento y capacitación profesional fundamental para la atención a la Salud Mental. 

  • La modificación de la duración de la formación en Psiquiatría a 5 años, igual que ocurre en la mayoría de los países europeos. 

  • Un tronco común de dos años para las dos especialidades, y una formación específica de 3; ya que el 50% de los trastornos psiquiátricos comienzan en la adolescencia o primera juventud, justo en el período de transición de ambas especialidades. 


Se muestra en desacuerdo en los siguientes puntos:
  • En modificar el nombre de la especialidad de Psiquiatría, ya que esa modificación no está presente en la mayoría de los países de la Unión Europea. 

  • En que el límite entre las dos especialidades se establezca a los 18 años. Planteamos que exista un período de transición común a ambas especialidades (14-17), más cuando la edad pediátrica no coincide con la propuesta por el Ministerio para la Psiquiatría del niño y adolescente. 


Y respecto a la disposición transitoria de acceso extraordinario al título de psiquiatra del niño y del adolescente, a los que ya son psiquiatras, propone lo siguiente:
  • Exigir 3 años de trabajo específico en salud mental infanto-juvenil, igual que lo que propone el Real Decreto para la especialidad (además del tronco común, ya cursado por los especialistas de psiquiatría), en el período de 7 años. 
  • Exigir 6 años de trabajo específico en caso de dedicación parcial, en los últimos 10 años (por ejemplo, en los casos de atención en programas de jóvenes con trastornos de conducta alimentaria, de 13 a 25 años; o primeros episodios psicóticos, de 13 a 25 años). 
  • Eliminar la exigencia de tener publicaciones, que serían un mérito en la valoración de la acreditación y no una obligación. 

Finalmente realiza dos sugerencias:
  • El cambio del nombre de la especialidad por el de Psiquiatría de la Infancia y de la Adolescencia, o Psiquiatría Infanto-Juvenil. 

  • La realización de un análisis de coste ajustado a las necesidades de ambas especialidades. 




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