18 de febrero de 2018

Las personas con discapacidad podrán ser parte del jurado popular

El pasado día 14 entró en vigor  la Ley Orgánica 1/2017 de 13 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica 5/1995 del Tribunal Jurado. El artículo 8 de esta última incluía un apartado 5 que exigía, para ser miembro de un jurado, “no estar impedido física, psíquica o sensorialmente para el desempeño de la función de Jurado”. La nueva norma, en cambio, establece que será requisito “contar con la aptitud suficiente para el desempeño de la función de jurado”, al tiempo que añade que “las personas con discapacidad no podrán ser excluidas por esta circunstancia de la función de jurado, debiéndoseles proporcionar por parte de la Administración de Justicia los apoyos precisos, así como efectuar los ajustes razonables, para que puedan desempeñar con normalidad este cometido”.


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