2 de julio de 2018

¿Cuánto tiempo se deben conservar las historias clínicas?

También AZ Prensa dedica su atención a la jornada sobre el “Impacto del Reglamento General de Protección de Datos en el ejercicio privado de la Medicina”, organizada por la Vocalía de Médicos de Ejercicio Libre del Colegio de Médicos de Madrid, con la participación de las abogadas María Suárez y Mireia Paricio. En este caso, se recuerda el deber de conservar las historias mientras tenga lugar el tratamiento del paciente y, como mínimo,  durante cinco años desde la fecha de alta del mismo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 41/2002 de autonomía del paciente, aunque hay normas autonómicas que establecen un plazo superior. En la práctica privada, cuando se jubile el facultativo las historias pueden ceder a otro profesional siempre que se cuente con autorización del interesado aunque el médico que suceda al anterior debe informar a los pacientes del tratamiento de sus datos y de los derechos que les asisten.


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