Noticias
Jurídicas comenta una
sentencia de la sala de lo penal del Tribunal Supremo que reitera que
la amenaza de difundir en Internet un vídeo de contenido sexual grabado en el
pasado a una persona, con el fin de forzar una relación sexual con ella,
constituye la intimidación que requiere el delito de agresión sexual, pues la víctima se ve compelida a realizar un acto no querido por el temor a
la propagación de las imágenes.
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