Así lo recoge Soledad
Valle en Diario Médico, comentando la disposición adicional
decimoséptima, apartado 2, letra h, del proyecto
de Ley Orgánica de Protección de Datos, aprobado recientemente por
unanimidad en la Comisión de Justicia. En concreto, esa disposición indica que “Los comités de ética de la investigación, en
el ámbito de la salud, biomédico o del medicamento, deberán integrar entre sus
miembros un delegado de protección de datos o, en su defecto, un experto con
los conocimientos que el Reglamento (UE) 2016/679 cuando se ocupen de actividades
de investigación que comporten el tratamiento de datos personales o de datos
seudonimizados o anonimizados”.
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