Mireia
Gomis Peris responde en Diario Médico a una pregunta al
respecto. A juicio de la experta un representante legal no debería declarar en
calidad de investigado inicialmente, pues desconoce los hechos objetos de
denuncia en tanto en cuanto no ha tratado al paciente. Por otra parte, el Código
Penal recoge que, para que una persona jurídica sea penalmente responsable, deberá
ser el autor del delito, lo que solo sucede si de la denuncia se infiere que el
representante legal tuvo alguna participación en los hechos.
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