6 de agosto de 2018

Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género.

El BOE del 4 de agosto publica el Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género. El nuevo texto, que actualiza algunas disposiciones previas y, entre otras novedades, establece que los hijos de un progenitor condenado o inmerso en una causa penal por malos tratos o abuso sexual ya no necesitarán de su firma para recibir atención psicológica. En su afán por proteger a la víctima, introduce algunos cambios que han recibido críticas, como puede ser que en los procedimientos que se inicien a partir de su entrada en vigor (producida el 5 de agosto) no será preciso resolución judicial para acreditar que se es víctima de violencia sobre la mujer.




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