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28 de febrero de 2019

Podemos propone una Ley de Salud Mental


En estos tiempos en que en consonancia con la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad que a todas luces anima la iniciativa parece discriminatorio que haya normas específicas para personas con enfermedad mental, el grupo parlamentario de Podemos ha registrado paradójicamente una Proposición de Ley de Derechos en el ámbito de la Salud Mental. El documento plantea algunas medidas que resultarán polémicas, como la previsión de actuaciones frente a iatrogenias médicas (no se consideran las derivadas de aplicaciones inadecuadas, no indicadas o técnicamente erróneas de psicoterapias), la prohibición de la TEC o la abolición del ingreso no voluntario. Comentario en Redacción Médica.

7 de febrero de 2019

El concepto de discapacidad intelectual y la pena de muerte



Mark Moran informa en Psychiatric News de que la American Psychiatric Association, junto con otras organizaciones entre las que figuran la American Psychological Association y la American Academy of Psychiatry and the Law, ha presentado ante el Tribunal Supremo de los EEUU un escrito en el que se opone a la interpretación que el tribunal hace de la capacidad adaptativa de un preso con discapacidad intelectual condenado a muerte. Puede resultar llamativo, pero la operativización del concepto de discapacidad intelectual está labrándose en este y otros casos, en los que la apreciación de preso como afecto de la misma puede representar que evite la ejecución.

2 de febrero de 2019

Denuncia a un hospital por ocultar que su padre padecía Huntington




McKie informa en The Guardian de que una mujer inglesa ha demandado a un hospital porque sus profesionales no le avisaron de que su padre padecía una corea de Huntington. El padre, que había matado a su esposa, fue diagnosticado de la enfermedad cuando la hija se encontraba embarazada, y exigió que no se la informara del diagnóstico por miedo a que decidiera terminar con la gestación. Cuando la mujer supo de la enfermedad paterna, se realizó el test genético, y supo que ha heredado la mutación y que su propia hija tiene un riesgo del 50%.

30 de enero de 2019

La APA, contra la separación de niños migrantes



En Psychiatric News, Mark Moran informa de que la American Psychiatric Association ha emitido una toma de posición en la que se opone a que los niños migrantes sean separados de sus padres o cuidadores, tal y como ha sucedido en muchos casos desde la llegada de Donald Trump a la presidencia de los EEUU.

14 de enero de 2019

La necesidad de proteger a la Convención de sí misma



Más lejos que Szmukler va en su editorial Appelbaum en World Psychiatry, al considerar que el Art. 12 de la Convención, en realidad, desprotege a las personas cuyos derechos dice defender, de lo cual responsabiliza a asociaciones de personas con discapacidad (y profesionales) que al modo de ver del autor han impuesto su agenda política por encima de los intereses de las personas por las que abogan, pero también a los estados que –como España- adoptaron la Convención sin la menor reserva o cautela. El autor solo ve tres estrategias posibles para solucionar el problema: ignorar el Art. 12, reinterpretarlo o enmendarlo, opción esta última por la que se decanta.

Los problemas del Art. 12 de la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad



El Artículo 12 de la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad, y su muy restrictiva interpretación por parte del Comité de Naciones Unidas que analiza el cumplimiento de la Convención da pie a un trabajo de Szmukler en World Psychiatry que cuestiona la visión de que siempre han de respetarse los deseos y preferencias de las personas con discapacidad, huyendo de cortapisas en función de la capacidad decisoria que tengan y excluyendo la legislación sobre salud mental por considerarla discriminatoria. El autor plantea un análisis que podría ayudar a clarificar las intervenciones aceptables o no aceptables con pacientes a la luz de la Convención. En el mismo número de la revista, diversos autores comentan el artículo de Szmukler.

10 de enero de 2019

¿Es discriminatorio que solo las madres jubiladas cobren por la crianza?


Elisa Álvarez informa en La Voz de Galicia de que un hombre ha llevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea el complemento introducido por el Real Decreto Legislativo 8/2015 para las mujeres para compensarlas por su aportación demográfica y en virtud de la cual las madres con al menos dos hijos naturales o adoptados reciben un plus en sus pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente o viudedad (5 % más si han tenido dos hijos, un 10 % por tres hijos y un 15 % por cuatro o más). El varón, residente en Canarias, plantea si ese complemento “es causa de discriminación en materia de retribución entre trabajadoras madres y trabajadoras padres”, ya que se le denegó el citado complemento a pesar de que por una prematura viudedad fue él quien se hizo cargo de la crianza.

8 de enero de 2019

Las elecciones europeas, en lectura fácil


Con motivo de las elecciones al Parlamento Europeo, en las que votarán muchas personas con discapacidad intelectual (recordemos que en España podrán hacerlo todas las que previamente estaban incapacitadas para ello), Inclusion Europe ha editado una guía en lectura fácil en varios idiomas, entre los cuales, por el momento, no está el español. 

5 de enero de 2019

Actividad del Defensor del Pueblo en materias sanitarias en 2018


Dentro de las diversas informaciones que repasan lo acontecido el pasado año, Médicos y Pacientes resume la actividad en el campo sanitario de la institución del Defensor del Pueblo, que realizó 700 recomendaciones y sugerencias a las Administraciones generales del Estado, de las cuales ocho fueron dirigidas al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. Algunas de ellas estuvieron relacionadas con la Sanidad universal, las pseudoterapias y el copago farmacéutico.

Cuarenta años del derecho a protección de la salud


Con motivo del final del año, Diario Médico ha publicado una serie de trabajos repasando hitos del pasado ejercicio. Soledad Valle recoge la opinión de diversos expertos sobre la importancia del art. 43 de la Constitución como garante del derecho de protección de la salud.

3 de enero de 2019

La persona normal ¿Un mito?



Artículo de opinión acerca de lo que se considera una persona “normal” y el comportamiento “óptimo” frente a la diversidad de la conducta humana.
Fuente: El País

31 de diciembre de 2018

Anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (2)


.En la reseña previamente comentada de Rafael J. Álvarez en El Mundo se destaca que el "simple descuido" (sin explicación de en qué consiste) o el "trato negligente" a un menor estarán incluidos en el concepto de "violencia", donde también se encuadrará cualquier perjuicio o abuso psicológico, físico o emocional, agresión sexual, castigo físico y ataque sexual e inducción a la anorexia o al suicidio vía internet. Por su parte Redacción Médica pone el acento en que en coordinación con las comunidades autónomas se elaborará un protocolo común de actuación sanitaria donde se establecerá qué medidas se deben adoptar si se detecta un caso de violencia sobre una persona menor de edad. Asimismo, destaca el noticiario, los registros relativos a la atención de las personas menores de edad víctimas de violencia se harán constar en la historia clínica, lo que permitirá un mejor seguimiento de los casos que se produzcan. Por su parte, Diario Médico señala que el nuevo texto amplía el plazo de prescripción de los delitos de abuso a menores, que empezará a contarse desde que la víctima cumpla 30 años y no 18 años, como ocurre en la actualidad. 

Anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (1)


Leemos en El Mundo una reseña de Rafael J. Álvarez acerca de la presentación, por el propio presidente del Gobierno, del anteproyecto de la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia. En palabras del propio presidente, quien describió el anteproyecto como “un compromiso que tenía yo con el colectivo”, el texto “incorpora la edad como agravante, amplía el tiempo de prescripción de los delitos graves, endurece las condiciones para el tercer grado, la libertad condicional y los permisos penitenciarios, crea nuevos delitos para evitar la impunidad por medios tecnológicos y fija programas para internos dirigidos a evitar su reincidencia”.

23 de diciembre de 2018

El Congreso aprueba el dictamen sobre Proposición de Ley de derecho y garantías de la dignidad de la persona en el proceso final de su vida


Como informa Acta Jurídica, el pasado jueves el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó, “por amplia mayoría”, el dictamen de la Proposición de Ley de derecho y garantías de la dignidad de la persona en el proceso final de su vida, que pasa a tramitarse ahora en el Senado.

16 de diciembre de 2018

La huelga de hambre y los médicos


S. Valle informa en Diario Médico acerca de la creación de una comisión de apoyo a los médicos de los presos independentistas en huelga de hambre, creada por el Colegio Oficial de Médicos de Barcelona. En otra reseña, la misma autora recoge en Diario Médico la valoración de Josep Terés, portavoz de la comisión, formada por médicos expertos en bioética y deontología, dos juristas y un filósofo. Seis de estos facultativos forman la comisión permanente, que decidirá el régimen de reuniones del grupo. Por último, también Soledad Valle comenta en Diario Médico la dimensión deontológica de la situación.

Huelga de hambre



La huelga de hambre iniciada por políticos secesionistas presos ha dado lugar a diversas reacciones en medios de comunicación sanitarios. En RedacciónMédica, Ricardo de Lorenzo recuerda la decisión sobre el particular del Tribunal Constitucional en 1990 y explica su fundamentación. Concluye que “la asistencia médica obligatoria, autorizada por resolución judicial, no vulnera ningún derecho fundamental, constituyendo tan sólo una limitación del derecho a la integridad física y moral garantizada por el art. 15 de la Constitución, y unida ineludiblemente a ella una restricción a la libertad física, que vienen justificadas en la necesidad de preservar el bien de la vida humana, constitucionalmente protegido y que se realiza mediante un ponderado juicio de proporcionalidad, en cuanto entraña el mínimo sacrificio del derecho que exige la situación en que se hallan aquéllos respecto de los cuales se autoriza”.

8 de diciembre de 2018

Modificada la Ley Electoral


El BOE del 6 de diciembre publica la Ley Orgánica 2/2018, de 5 de diciembre, para la modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General para garantizar el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad, fruto del acuerdo de todas las fuerzas políticas, con notoria fanfarria mediática. Con la nueva ley se pasa las personas con capacidad de obrar modificada no puedan votar sin ninguna apreciación de su capacidad real para ello a que se proclame que “toda persona podrá ejercer su derecho de sufragio activo, consciente, libre y voluntariamente, cualquiera que sea su forma de comunicarlo y con los medios de apoyo que requiera”, sin que se defina en qué consistirán los “medios de apoyo”, quién los prestará o qué cautelas existirán para que en determinados casos no haya abuso o manipulación. 

6 de diciembre de 2018

Cuarenta años de ‘saludable’ legislación sanitaria


Con motivo del 40 aniversario de la Constitución, Soledad Valle repasa en Diario Médico la normativa en materia de salud que se ha ido introduciendo al amparo de las líneas maestras de la Carta Magna.

26 de noviembre de 2018

Por fin la ley de derechos y garantías en el proceso final de la vida


Comentario de Ricardo de Lorenzo en Redacción Médica saludando la finalización de los trabajos de la ponencia de la Ley de derechos y garantías de las personas en el proceso final de la vida, propuesta por el grupo parlamentario Ciudadanos. El autor reflexiona sobre la necesidad de regular el ejercicio de los derechos de la persona ante el proceso final de su vida y los deberes del personal sanitario que atiende a los pacientes que se encuentren en esta situación, así como las garantías para la dignidad de la persona que las instituciones sanitarias deben estar obligadas a proporcionar con respecto a ese proceso.

Homosexualidad en el Líbano


Mahmoud y colaboradores comentan en Psychiatric News cómo a pesar de que la visión de los profesionales del país es que la homosexualidad no es una enfermedad, siguen existiendo corrientes que porpugnan intervenciones para cambiar la orientación sexual.