El
Artículo 12 de la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad, y su
muy restrictiva interpretación por parte del Comité de Naciones Unidas que
analiza el cumplimiento de la Convención da pie a un trabajo de Szmukler en World
Psychiatry que cuestiona la visión de que siempre han de respetarse
los deseos y preferencias de las personas con discapacidad, huyendo de
cortapisas en función de la capacidad decisoria que tengan y excluyendo la
legislación sobre salud mental por considerarla discriminatoria. El autor
plantea un análisis que podría ayudar a clarificar las intervenciones
aceptables o no aceptables con pacientes a la luz de la Convención. En el mismo
número de la revista, diversos autores comentan el artículo de
Szmukler.
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