El BOE del 6 de diciembre publica la Ley
Orgánica 2/2018, de 5 de diciembre, para la modificación de la Ley Orgánica
5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General para garantizar el
derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad, fruto del
acuerdo de todas las fuerzas políticas, con notoria fanfarria mediática. Con la
nueva ley se pasa las personas con capacidad de obrar modificada no puedan
votar sin ninguna apreciación de su capacidad real para ello a que se proclame
que “toda persona podrá ejercer su
derecho de sufragio activo, consciente, libre y voluntariamente, cualquiera que
sea su forma de comunicarlo y con los medios de apoyo que requiera”, sin
que se defina en qué consistirán los “medios de apoyo”, quién los prestará o
qué cautelas existirán para que en determinados casos no haya abuso o
manipulación.
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