4 de octubre de 2018

La responsabilidad objetiva del médico está descartada por el TS desde 2005


S. Valle recoge en Diario Médico la intervención de José Antonio Seijas, magistrado de la Sala Civil del Tribunal Supremo, en la conferencia magistral del II Congreso de Derecho Sanitario de la Comunidad de Valencia. El experto recordó que a partir de 2005, el Supremo cambió su jurisprudencia al juzgar las praxis del profesional sanitario, excluyendo la exigencia de responsabilidad objetiva o directa. “Debe descartarse la responsabilidad objetiva, lo que existe es una responsabilidad subjetiva por culpa. El daño, la culpa y la relación de causalidad lo tiene que demostrar el paciente, según el Código Civil (...) la responsabilidad directa en medicina no existe, pero hay tribunales que no se dan cuenta todavía y nos llegan cosas [a la sala Civil de Supremo] que se han hecho mal”.

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