El
BOE
del pasado 29 de diciembre el Gobierno publica el Real
Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las
pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de
empleo, en cuya disposición adicional quinta se establece a lo largo de
siete puntos que todos los estudiantes que realicen prácticas formativas
deberán ser incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social como
trabajadores por cuenta ajena. Tal y como describe
Redacción
Médica, esta medida obliga a que todos los becarios universitarios,
independientemente del tipo de prácticas que estén realizando, deberán cotizar a la Seguridad Social.
En concreto, la citada
disposición establece que “la realización
de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades incluidas en
programas de formación, la realización de prácticas no laborales en empresas y
la realización de prácticas académicas externas al amparo de la respectiva
regulación legal y reglamentaria, determinará la inclusión en el sistema de la
Seguridad Social de las personas que realicen las prácticas indicadas, aunque
no tengan carácter remunerado”. Esas prácticas comprenden “las realizadas tanto por alumnos
universitarios de titulaciones oficiales de grado y máster como por alumnos de
formación profesional de grado medio o superior”. Las personas a las que
alude la norma “quedarán comprendidas en
el Régimen General de la Seguridad Social, como asimiladas a trabajadores por
cuenta ajena, con exclusión de la protección por desempleo”.
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