7 de enero de 2019

Los estudiantes en prácticas deberán ser dados de alta en la SS


El BOE del pasado 29 de diciembre el Gobierno publica el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, en cuya disposición adicional quinta se establece a lo largo de siete puntos que todos los estudiantes que realicen prácticas formativas deberán ser incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena. Tal y como describe Redacción Médica, esta medida obliga a que todos los becarios universitarios, independientemente del tipo de prácticas que estén realizando, deberán cotizar a la Seguridad Social.

En concreto, la citada disposición establece que “la realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades incluidas en programas de formación, la realización de prácticas no laborales en empresas y la realización de prácticas académicas externas al amparo de la respectiva regulación legal y reglamentaria, determinará la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de las personas que realicen las prácticas indicadas, aunque no tengan carácter remunerado”. Esas prácticas comprenden “las realizadas tanto por alumnos universitarios de titulaciones oficiales de grado y máster como por alumnos de formación profesional de grado medio o superior”. Las personas a las que alude la norma “quedarán comprendidas en el Régimen General de la Seguridad Social, como asimiladas a trabajadores por cuenta ajena, con exclusión de la protección por desempleo”.

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