Una sentencia de
la Sala Civil del Tribunal Supremo ha condenado a una mujer a indemnizar a
un superior que estando de baja publicó en Twitter referencias a los actos
públicos y semipúblicos a los que estaba asistiendo mientras permanecía esa
situación de IT. La condenada, a su vez, publicó en su cuenta
comentarios revelando “la
situación de baja laboral del demandante y las conjeturas sobre la enfermedad
causante de la baja”, por lo que fue demandada por su superior. El TS afirma que
tratándose de datos de salud, esta actuación afecta “al derecho a la intimidad del
demandante”, fija la
indemnización en 6.000 € y conmina a la mujer a cesar inmediatamente en la
intromisión, con supresión definitiva de los tuits objeto del
litigio, y a que se abstenga de realizar en lo sucesivo nuevas
intromisiones ilegítimas en la intimidad de la salud del demandante. Comentario
de JA
en Redacción Médica.
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