31 de marzo de 2019

Sobre el despido en situación de baja



Pedro del Rosal analiza en El País la creciente tendencia a considerar no válido el despido de los trabajadores en situación de baja, señalando su origen en la equiparación, en algunos supuestos, de la situación de incapacidad temporal con la de discapacidad. Dado que las normativas europea y española prohíben cualquier tipo de discriminación en el ámbito del empleo (también la que sea “por razón de discapacidad”), desde ese punto de vista el despido debe ser considerado nulo y no solo improcedente.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...