Ricardo
de Lorenzo comenta en Redacción Médica una
reciente Sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 6,
de Madrid que ha venido a confirmar una Resolución de 26 de abril de 2017 del
Consejo de Transparencia y Buen Gobierno que se instaba a un Colegio
Profesional a entregar una serie de documentos a una determinada Asociación de
profesionales miembros de ese Colegio, entre los que se encontraban la
obtención de copias de las actas de las reuniones de la Junta de Gobierno, los
informes sobre nuevas normas de funcionamiento interno así como los informes
jurídicos en relación con las juntas ordinarias y extraordinarias. El autor vincula la decisión con la Ley de Transparencia y explica que esta norma permite que también la acción de los colegios profesionales se vea sometida a escrutinio y que los ciudadanos puedan conocer las decisiones que les afectan, el destino y el uso de los fondos públicos o los criterios de las instituciones públicas en materia de gasto.
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