Redacción Médica comenta la contradicción en que se ven estos profesionales. En una situación de emergencia, cualquier ciudadano tiene la obligación de atender a las personas afectadas, más aún si se trata de un médico, lo que no deja de ser cualquier residente. De hecho, el Art. 195 del Código Penal establece que no intervenir en estos casos supone un delito de omisión del deber de socorro. Ahora bien, si con la asistencia prestada empeora la salud del afectado, un ciudadano lego, sin conocimientos técnicos, no tendría responsabilidad penal, pero un MIR podría tenerla y ser acusado de imprudencia temeraria, salvo que se considerase que había actuado con máxima diligencia. La condición de residente, con conocimientos técnicos en desarrollo y adquisición, puede dar lugar a estas paradojas.
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