5 de junio de 2018

El TS exime a un padre de pagar los estudios de una hija de 30 años que no supera los cursos


Leemos en El Mundo que el Tribunal Supremo ha considerado extinta la obligación de un padre divorciado de seguir abonando la pensión de alimentos para su hija de 30 años porque ella sigue estudiando sin ser capaz de aprobar ni trabajar, mientras el progenitor ha quedado en paro y debe atender a otro menor, éste de 7 años de edad. El padre había quedado en paro y en vista de la falta de esfuerzo de la hija por ganarse la vida, pidió que se le eximiera del pago, pero el juzgado de Madrid que se ocupó del caso se limitó a reducir la cantidad a pagar a un total de 150 euros, en una sentencia que confirmó la Audiencia Provincial. Ahora el Supremo ha anulado ese fallo.



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