También AZ
Prensa dedica su atención
a la jornada sobre el “Impacto del Reglamento General de Protección de
Datos en el ejercicio privado de la Medicina”, organizada por la Vocalía de
Médicos de Ejercicio Libre del Colegio de Médicos de Madrid, con la
participación de las abogadas María Suárez y Mireia Paricio. En este caso, se
recuerda el deber de conservar las historias mientras tenga lugar el
tratamiento del paciente y, como mínimo, durante cinco años desde la
fecha de alta del mismo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 41/2002 de
autonomía del paciente, aunque hay normas autonómicas que establecen un plazo
superior. En la práctica privada, cuando se jubile el facultativo las historias
pueden ceder a otro profesional siempre que se cuente con autorización del
interesado aunque el médico que suceda al anterior debe informar a los
pacientes del tratamiento de sus datos y de los derechos que les asisten.
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