Es la consulta de un odontólogo en Diario Médico sobre si le pueden denunciar por falta de información. En este sentido se le responde que en el artículo 8.2 de la ley autonomía del paciente 41/2002, se reconoce que por lo general el consentimiento será verbal. Por tanto, será imprescindible haber documentado en la historia clínica que al paciente se procuró la información suficiente para que pueda prestar su consentimiento.
Fuente: Diario Médico
No hay comentarios:
Publicar un comentario