A propósito de una pregunta de profesional, Antonio
Sánchez Hurriaga repasa en Diario Médico cuáles son, según
la jurisprudencia, los elementos constitutivos de la imprudencia médica: comportamientos
descuidados, de abandono y de omisión del cuidado exigible según las
circunstancias de lugar, tiempo, personas, naturaleza de la lesión o la
enfermedad, que olvidando la lex artis, conduzcan a resultados lesivos.
Asimismo, estos comportamientos deben ser no acordes a la capacitación del
profesional. El experto recuerda que tras la modificación del Código Penal en
2015, la imprudencia leve no implica ya sanción penal.
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