Más de 15
años después del fallecimiento, y según leemos
en Prevention
World, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha
ratificado la sentencia del Juzgado Social número 3 de Almería que consideró
probado "un conflicto laboral previo
al momento del suicidio como es la discusión con un cliente, que le provocó una
situación de estrés". La sentencia se abstiene de "hacer juicios de valor sobre la
proporcionalidad o no de la reacción" del empleado.
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