Desde hace
meses se han mantenido distintas reuniones en las que han participado tanto el
colectivo médico como el colectivo enfermero, junto con las autoridades
sanitarias, para conseguir una consenso estable acerca del RD 954/2015 que
regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos
sanitarios de uso humano. Se recuerda que, a partir de la entrada en vigor de dicho RD, el
colectivo enfermero ya no puede usar, ni indicar a ningún paciente,
medicamentos sujetos a prescripción médica, si no existe un diagnóstico médico
previo y de han prescrito previamente por el médico, y por tanto reflejado en
la historia clínica del paciente o en otros documentos sanitarios que tengan
validez legal. Según el artículo 3.2, es el médico en todos los casos el que
debe haber “determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el
protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir”. De acuerdo a Médicos y Pacientes, el Foro de las Profesiones, que reúne a los colectivos
implicados y a las autoridades sanitarias, pretende alcanzar un consenso
definitivo lo antes posible, para lo cual ha programado nuevas reuniones en un
periodo de tiempo corto. La posible solución depende del consenso acerca del
uso de ciertos medicamentos, ahora sujetos
prescripción médica, que no necesiten un diagnóstico o prescripción
médica para su uso por enfermería, como son las vacunas de campañas de salud
publicas u otros fármacos de uso en procedimientos enfermeros.