22 de octubre de 2017

No se alcanza un consenso definitivo sobre el Real Decreto que regula la prescripción enfermera

Desde hace meses se han mantenido distintas reuniones en las que han participado tanto el colectivo médico como el colectivo enfermero, junto con las autoridades sanitarias, para conseguir una consenso estable acerca del RD 954/2015 que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano. Se recuerda que, a partir de la entrada en vigor de dicho RD, el colectivo enfermero ya no puede usar, ni indicar a ningún paciente, medicamentos sujetos a prescripción médica, si no existe un diagnóstico médico previo y de han prescrito previamente por el médico, y por tanto reflejado en la historia clínica del paciente o en otros documentos sanitarios que tengan validez legal. Según el artículo 3.2, es el médico en todos los casos el que debe haber “determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir”. De acuerdo a Médicos y Pacientes, el Foro de las Profesiones, que reúne a los colectivos implicados y a las autoridades sanitarias, pretende alcanzar un consenso definitivo lo antes posible, para lo cual ha programado nuevas reuniones en un periodo de tiempo corto. La posible solución depende del consenso acerca del uso de ciertos medicamentos, ahora sujetos  prescripción médica, que no necesiten un diagnóstico o prescripción médica para su uso por enfermería, como son las vacunas de campañas de salud publicas u otros fármacos de uso en procedimientos enfermeros.


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