Noticias
Jurídicas informa de que la Audiencia
Provincial de Alicante ha confirmado la sentencia que condena a 9 meses de
prisión al autor de un delito de quebrantamiento de la pena de prohibición
de comunicación. El autor, previamente condenado por un delito de acoso, tenía
una prohibición de acercarse a menos de 300 metros a su ex pareja o
comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante 8
meses, pero le envió dos mensajes desde su perfil de Messenger. En el primer
mensaje (enviado el 2 de diciembre de 2017) se incluía un emoticono
de cara y en el segundo (enviado el 6 del mismo mes) un emoticono
del pulgar de un dedo. Además, el día 29 de noviembre del mismo año le envió
una invitación a Messenger y el 10 de diciembre se hizo una videollamada
desde su móvil al de su ex pareja, aunque en ninguno de estos dos casos resulta
acreditada la intención de incumplir el mandato judicial.
No hay comentarios:
Publicar un comentario