Jesús
Arroyo informa en Redacción Médica acerca de
una sentencia del
Tribunal Supremo que rechaza el recurso de casación interpuesto por la
Administración General del Estado contra otra resolución previa de la Audiencia
Nacional que daba la razón a una profesional de Enfermería que
solicitaba el reconocimiento del título portugués de “em
Enfermagen” a efectos del título español de Enfermería responsable de
cuidados generales. Tras más de dos años de espera, la afectada no recibió una
respuesta positiva ni negativa ante la petición de reconocimiento solicitada
al Ministerio de Sanidad. Se la circunstancia de que esta es la séptima
sentencia emitida en el mismo sentido.
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